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Con tu aportación colaborarás en proyectos y recursos destinados a la promoción y desarrollo de personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión social ubicados en el entorno rural. Elige tu modo de colaboración realizando una donación periódica o a través de una aportación única.

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La Fundación TAS es una entidad declarada de Utilidad Pública acogida al régimen de incentivos fiscales al mecenazgo regulado en la Ley 49/2002, por lo que, según se establece en la Orden HAP/2250/2015 puedes desgravarte en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para donaciones de hasta 150€ el 80% y a partir de 150€ entre un 35% y 40% de tus donativos, en función de si han realizado donaciones en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

Si eres Empresa puedes deducirte de la Cuota íntegra del Impuesto de Sociedades el 35% o 40% de la cantidad donada en función de si ha realizado donaciones en los dos periodos impositivos inmediatos.

En el mes de enero de cada año Fundación TAS comunica a Hacienda las donaciones recibidas en el año anterior y remite al donante su certificado de donación para la deducción en el IRPF

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